Andalucía es una de las regiones más populares de España para el alquiler vacacional, atrayendo a millones de visitantes cada año. Si eres propietario y alquilas tu vivienda a turistas, es fundamental conocer tus obligaciones fiscales. Desde el impuesto sobre la renta hasta el IVA y las normativas locales, aquí tienes una guía completa sobre los impuestos en los alquileres vacacionales en Andalucía.
1. Impuesto sobre la Renta en Alquileres Vacacionales
Para Residentes Fiscales en España
Si eres residente fiscal en España, los ingresos por alquiler deben declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Aspectos clave:
• Tipo impositivo: Tarifa progresiva entre el 19% y el 47%, según los ingresos totales.
• Deducciones: Puedes deducir gastos relacionados con el alquiler, como intereses hipotecarios, mantenimiento, facturas de suministros (cuando las paga el propietario), comunidad, seguros y amortización de la propiedad.
• Periodo de alquiler: Si la vivienda se alquila solo una parte del año, los gastos deben prorratearse.
Para No Residentes (Ciudadanos de la UE/EEE)
Si no eres residente fiscal en España pero vives en un país de la UE/EEE, tus ingresos por alquiler se gravan con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) con un tipo fijo del 19%.
• Deducciones: Puedes deducir gastos similares a los residentes españoles, siempre que tengas la documentación correspondiente.
Para No Residentes (Fuera de la UE)
Si eres propietario pero resides fuera de la UE, el tipo impositivo es del 24%, sin posibilidad de deducciones.
2. IVA (IVA) en Alquileres Vacacionales
En general, los alquileres a corto plazo (menos de dos meses por contrato) están exentos de IVA, a menos que se ofrezcan servicios similares a los hoteleros, como:
• Limpieza regular durante la estancia.
• Cambio de ropa de cama/toallas durante la estancia.
• Servicios de recepción.
Si proporcionas estos servicios, debes aplicar un 10% de IVA sobre los ingresos del alquiler y presentar declaraciones trimestrales de IVA.
3. Impuestos y Tasas Locales
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Todos los propietarios en Andalucía deben pagar el IBI, un impuesto municipal anual basado en el valor catastral del inmueble. La tasa varía según el municipio.
Tasa de Basura
La mayoría de los municipios andaluces cobran una tarifa anual por la recogida de residuos. El importe depende de la ubicación y el tamaño de la propiedad.
Licencia Turística y Normativas Locales
Desde 2016, todos los alquileres vacacionales en Andalucía deben estar registrados en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA). Para publicitar legalmente tu propiedad, necesitas un número de licencia. Algunos municipios, como Marbella y Málaga, están imponiendo normativas más estrictas, incluyendo restricciones por zonas y requisitos de aprobación comunitaria.
4. Declaración y Pago de Impuestos
• Residentes en España: Declarar los ingresos del alquiler en la declaración anual de IRPF (Modelo 100).
• No residentes: Presentar declaraciones trimestrales con el Modelo 210 (incluso si la propiedad está vacía parte del año). ¡A partir de 2025, este trámite pasa a ser anual!
• Contribuyentes de IVA: Si aplica, presentar el Modelo 303 trimestralmente.
No declarar los ingresos por alquiler puede resultar en sanciones y multas, por lo que es fundamental cumplir con la normativa.
Conclusión
Alquilar tu propiedad en Andalucía puede ser muy rentable, pero es crucial cumplir con las obligaciones fiscales. Tanto si eres residente como no residente, llevar un control preciso y mantenerse al día con la normativa local te ayudará a evitar multas y maximizar tus ingresos.
Si tienes dudas sobre tu situación fiscal, consultar a un asesor local te ahorrará tiempo y garantizará el cumplimiento total.
¿Pensando en alquilar tu vivienda vacacional en Andalucía? Asegúrate de cumplir con la normativa fiscal. ¡Contáctanos y te ayudamos!